En su discurso en Zipaquirá el pasado domingo 22 de abril, Gustavo Petro se atrevió a ponerle el cascabel al gato. Allí abordó un tema tabú o vedado en el ámbito de la política colombiana: El de la devolución de los derechos que empezaron a arrebatársele a los trabajadores desde inicios de la década del 90.
Es una cuestión de simple y elemental justicia. No es comunismo ni socialismo como seguramente empezará a vociferar más de uno. De hecho, las garantías, derechos y prerrogativas de las que gozaban los trabajadores hasta inicios de la última década del siglo pasado, eran en buena parte expresión del auténtico pensamiento liberal, mientras que la contrarreforma que se aplicó a la misma es un claro producto del pensamiento neoliberal.
Uno no entendería entonces que los trabajadores, que tanto se quejan de sus cada vez más precarias condiciones laborales, no respalden a quién ha asumido pública y valientemente el compromiso de terminar con los contratos de 3 meses; con la intermediación laboral (tercerización) y con quién, además, ha vuelto a colocar en el centro de la discusión pública el cancelar horas extras desde las 6:00 PM y reconocer un mejor pago por laborar en dominicales y festivos.
Es necesaria la expedición de un nuevo Estatuto del Trabajo que garantice condiciones de dignidad y decencia en las relaciones laborales al sector más débil: el de los trabajadores. Es impostergable en ese campo la mediación de un estado garantista.
Se requiere urgentemente un Estatuto que impida, que con fundamento en la inestabilidad en el empleo, se extorsione laboral, política y hasta sexualmente a quienes devengan su sustento y el de sus familias de la posibilidad de trabajar.
La Ley 50 de 1990 de la que Uribe fue ponente en el congreso se expidió bajo la excusa de que otorgándole beneficios a los empleadores y ahorrándoles costos, en detrimento de los trabajadores, se generarían nuevos empleos, lo cual nunca ocurrió.
Por el contrario, al modificar el artículo 6 del Decreto 2351 de 1965, la ley 50 permitió o facilitó los despidos masivos y el fin de: los contratos a término indefinido (1); de la estabilidad en el empleo (2); del derecho de reintegro por despido sin justa causa (3); del reconocimiento de salarios dejados de recibir y/o pago de indemnización por despido sin justa causa (4) y de la retroactividad en el pago de cesantías (5), entre otras.
De todo ello surgió la desregularización en las relaciones laborales y el inicio de la explotación de los trabajadores por un tercero (tercerización) bajo la figura inicial de bolsas de empleo ( Decreto 468 de febrero 23 de 1990) o de “cooperativas” de trabajo asociado, fortalecidas después por el Decreto 4588 de Diciembre 27 de 2006
En hora buena un candidato presidencial propone derogar también la Ley 789 de 2002 que puso fin al pago de recargos nocturnos por laborar después de las 6 PM; a la remuneración especial por laborar en domingos y festivos y que redujo las tablas para pago de indemnización por despidos injustos, acrecentando la inequidad social.
El balón está en el terreno de los trabajadores. Ellos deciden si le dan un voto más de confianza a quienes han actuado históricamente contra sus intereses o a quienes proponen restituirlos y salvaguardarlos.