Varios de los críticos del actual gobierno han expresado que la ley de financiamiento es una manera eufemística de disfrazar una reforma tributaria lesiva y regresiva.
Lo curioso del asunto es que en noviembre 6 de 2014 el entonces senador Iván Duque había llamado deforma a la reforma tributaria del gobierno Santos señalando en un trino que «Minhacienda quiere desconocer que están disfrazando una reforma tributaria en una Ley de financiamiento».
Al tuit que fue difundido masivamente en redes sociales hace poco, se suman ahora dos trinos más del hoy presidente cuando oficiaba como senador opositor en 2014. En el primero Duque expresa que «La ley de financiamiento debe ser por 1 año para financiar una vigencia y aplicando un recorte = a menor carga tributaria»
Más allá de lo anterior, el hoy presidente, como senador del Centro Democrático, expresó que «es inconstitucional que un gobierno transforme una ley de financiamiento para una vigencia en una reforma tributaria». En otras palabras, Duque ve como inexequible transformar una ley temporal o transitoria en una permanente
Curiosamente la Corte Constitucional durante el primer gobierno de Álvaro Uribe y cuando ya Alberto Carrasquilla había pasado de ser viceministro de Hacienda de Roberto Junguito a titular de ese despacho profirió, siendo Magistrado Ponente Manuel José Cepeda Espinosa, la Sentencia C-776 de septiembre 9 de 2003 que declaró inexequible el Articulo 116 de la ley 788 de diciembre 27 de 2002.
Dicha ley, cómo se recordará, modificaba el artículo 470 del Estatuto Tributario gravando varios productos de la canasta familiar con un 2% de manera prospectiva, esto es, desde el 1 de enero de 2005, lo que configuraría de acuerdo con la razón de la decisión (ratio decidendi) un precedente inmodificable bajo la primacía de la Constitución actual.
En este sentido, una autoridad en la materia, el ex magistrado de la Corte Constitucional, José Gregorio Hernández Galindo, había dicho a través de un trino del 5 de noviembre de 2018 lo siguiente: «Habrá que repetirlo: un impuesto inequitativo e injusto es inconstitucional. Ya lo dijo la Corte en 2003, sobre un IVA del 2% a productos de la canasta familiar. Gobierno actual quiere imponer 18%»
Doce días después (noviembre 17) el mismo jurista y connotado docente universitario fue más allá al expresar: «El IVA de 18% para productos de la canasta familiar: un impuesto que rompe la equidad y la justicia, y por tanto viola el artículo 363 y varios más de la Constitución»
Tocará a la luz de todo lo anterior esperar para ver si sigue teniendo validez y vigencia la frase del también ex magistrado Jorge Arango Mejía pronunciada en la Sentencia C-113/93 cuando dejó claro que: «… entre la Constitución y la Corte Constitucional, cuando ésta interpreta aquélla, no puede interponerse ni una hoja de papel.» (así dicha hoja la coloquen Uribe, Duque o Macías)